DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 66. TRANSFERENCIA Y DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

IV. El proceso de transferencia parcial o total de competencias desde el Municipio Autónomo se realiza mediante una Ley, la transferencia puede ser definitiva o no, a su vez transferida a una tercera entidad territorial autónoma, limitándose en todo caso a su delegación total o parcial y la tercer entidad mediante los procedimientos ya establecidos por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización. Este proceso permitirá la participación permanente del Servicio Estatal de Autonomías.

V.   La delegación total o parcial de una competencia implica que el gobierno Autónomo Municipal no pierde la titularidad de la misma, asumiendo la responsabilidad la entidad territorial que la recibe. La delegación es revocable en los términos establecidos en el convenio de delegación competencial y no puede ser, a su vez, transferida ni delegada total o parcialmente a una tercera entidad territorial autónoma.