DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2020

Fecha: 21-Oct-2020

ARTÍCULO 11.- DERECHOS POLÍTICOS DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO

Todos los habitantes sin distinción de ninguna naturaleza del Gobierno Autónomo Municipal de Esmeralda tienen a la potestad de ejercer sus derechos políticos establecidos en el artículo 26 de la Constitución Política del Estado; sin perjuicio de ejercer sus derechos políticos establecidos en sus usos y costumbres, siempre y cuando éstas no vulneren la Constitución Política del Estado y la Ley del Régimen Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia”.

Todos los habitantes sin distinción de ninguna naturaleza del municipio de Esmeralda tienen a la potestad de ejercer sus derechos políticos establecidos en el artículo 26 de la Constitución Política del Estado; sin perjuicio de ejercer sus derechos políticos establecidos en sus procedimientos propios, siempre y cuando éstos no vulneren la Constitución Política del Estado y la Ley del Régimen Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia”.