DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2020

Fecha: 21-Oct-2020

II.1

II.1   La revisión del proyecto adecuado de COM del Gobierno Autónomo Municipal de Esmeralda, se efectúa en virtud a la DCP 0139/2016 de 15 de noviembre, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, que declaró la incompatibilidad de los siguientes artículos de la aludida norma institucional básica: “1, 3, 4, 6, 8 en el término ‘oficiales’ del epígrafe y del contenido; 10, 11, 12 en la frase: ‘respetando sus usos y costumbres, la cual será reglamentada mediante una Ley Especial Municipal’; 13, 14 Parágrafo I en la frase ‘y demás leyes que rigen la materia’, parágrafo IV; 16, 17 párrafo introductorio en la frase: ‘y la presente Carta Orgánica Municipal’; 17 Numeral 1 en la frase: ‘es la máxima autoridad del Gobierno Autónomo Municipal’; 18, 19 parágrafo I en el término ‘Autónomo’; 20 en la frase: ‘respetando los usos y costumbres, procedimientos propios de participación de todos los actores sociales organizados que serán aprobados por Ley Municipal’; 21.4 y 5; 23.I; 24; 25; 26 numeral 3 en la frase: ‘Ordenanzas, Resoluciones’, numeral 6 en la frase: ‘y rural’, numeral 7 en la frase: ‘aprobar o rechazar’, numeral 9, numeral 10, numeral 12, numeral 15 en la frase: ‘y en su caso disponer su procesamiento interno por responsabilidad administrativa, sancionarlo en caso de existir responsabilidad ejecutiva y remitir obrados a la justicia ordinaria en los casos de responsabilidad civil o penal, constituyéndose en esta última en parte querellante’, numeral 17 en la frase: ‘a través del Ejecutivo Municipal’, numeral 19, numeral 21 en las frases: ‘Ejecutivo Municipal y Administración Municipal de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo’ y ‘y del Ejecutivo Municipal’, numeral 22 en la frase: ‘y suspensión temporal’, numeral 25; 27.VII; 28 numeral 6 en la frase: ‘y la Ley nacional competente en la materia’; 29 parágrafo I en la frase: ‘Ordenanzas, Resoluciones municipales’, parágrafo III en la frase: ‘Ordenanza, Resolución Municipal’; 31 en el término ‘ALCLADESA’ del epígrafe; 32; 33 numerales 2, 3, 4, 8, 10, 11, 13, 14, 16 en la frase: ‘y rural’; 18; 19 en el término ‘Ordenanzas’; 22; 24 en la frase: ‘debidamente suscritos y aprobados por el concejo municipal de conformidad con las leyes’; 26 en la frase: ‘para su aprobación por el concejo’; 28; 29 en la frase: ‘por sí o con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras, así como la reasignación del uso de suelo que corresponde’; y, 31; 35.4; 37 numerales 2, 3, 4, 5, 6 en la frase: ‘o revocatoria’; y, 7; 39; 41 párrafo primero; 42.4; 43; 44; 45; 46.I; 47; 48; 49 en la frase: ‘por parte de la ciudadanía y las Organizaciones Sociales legalmente constituidas’; 50; 52 en la frase: ‘o explotaciones de recursos naturales’; 54 numerales 6, 7, 38; y, 41; 55; 56.III; 56.IV y VI; 58 en la frase: ‘y privadas’; 59.V y VI; 61.VII; 64; 65; 67.VII; 69 en la frase: ‘y rural’; 71 en la frase: ‘infraestructura policial’; 73 en la frase: ‘mediante Ley sean éstas de carácter compartido o concurrente’; 74, 75 en el término ‘Autónomo’; 76 en el término ‘Autónomo’; 79; 80; 81; 82; 83; 85; 86; 87; 88; 93; 99 en la frase: ‘en el Municipio’; 106, 107, 109, 110, 111, 114.III; 119, 124 en la frase: ‘en coordinación con el Servicio Estatal de Autonomías’; 128 en el término ‘Autónomo’; 129; 131, 136 en la frase: ‘sujetas a reglamentación especial por el órgano legislativo’; y, 138, todos del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Esmeralda.