Auto Supremo AS/0325/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Por su parte, el imputado Freddy Gilberto Romay en el tercer motivo de su alzada,


Por su parte, el imputado Freddy Gilberto Romay en el tercer motivo de su alzada, también al amparo del art. 370 inc. 6) del CPP, e invocando como norma erróneamente aplicada el art. 173 del CPP, argumentó que el sistema de la sana crítica exigía que el razonamiento valorativo sea debidamente exteriorizado en la sentencia, sin que éste exista en la sentencia, lo cual constituía un motivo de queja, sin embargo manteniéndose en el análisis de la valoración de la prueba debía considerarse el principio de valoración razonable de la prueba, por el cual el juzgador tenía la obligación de valorar la prueba conforme las reglas del raciocinio, las máximas de la experiencia, las cuales podían ser invocadas para impugnar una sentencia por valoración arbitraria o errónea de la sentencia, principio previsto en el art 173 del CPP. En ese ámbito, cuestionó la prueba consistente en el Auto Supremo 646/2013 que anuló obrados hasta el Auto de admisión de la demanda civil por ser improbable, sin que exista valoración respecto a todos los medios probatorios, pues si bien dicha resolución anuló obrados, no resolvió nada con relación al Auto de Vista recurrido en casación, al contrario se realizó una interpretación jurídica de la Usucapión, motivo por el que el Auto Supremo en la parte dispositiva estableció sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido y que el error fue cometido en la admisión de la demanda y no precisamente por los Vocales que resolvieron el recurso de apelación; siendo contradictorio el atribuirle haber cometido el delito de Prevaricato, cuando la valoración de esa prueba fue inexistente y de existir rompió las reglas de la lógica, experiencia y ciencia ya que se entendía que jurídicamente una resolución que establecía la falta de responsabilidad precisamente no generaba ninguna responsabilidad