AUTO 160/1982, de 5 de mayo
Fecha: 05-May-1982
1. El acto formal de iniciar el proceso constitucional de amparo a través de la demanda, se somete por el art. 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), cuando la violación de los derechos y libertades procede del acto u omisión de un órgano jurisdiccional, al plazo de veinte días, contados a partir de la notificación de la resol...