AUTO 1/1985, de 9 de enero

Fecha: 09-Ene-1985

Único. Aunque la mayor parte de la argumentación que apoya la petición del recurrente en el presente caso va dirigida a demostrar la injusticia de la que éste cree haber sido víctima en virtud de una defectuosa apreciación de los hechos por parte de los Tribunales del orden laboral, injusticia que en rigor tendría su origen en la Sentencia del Tri...

AUTO 10/1985, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-1985

1. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece, en su art. 81.1, que los legitimados para promover un recurso de amparo han de hacerlo representados por Procurador y bajo la dirección de Letrado, sin otra excepción que la de aquellos que por tener el título de Licenciado en Derecho se presume que están técnicamente capacitados para dirig...

AUTO 11/1985, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-1985

1. El demandante sostiene, en relación con el primer motivo de inadmisión que se le puso de manifiesto en la providencia de 17 de octubre, que al ser con la Sentencia de 24 de abril de 1984 con la que finalizó el proceso e interponerse la demanda de amparo el 11 de mayo, se dedujo éste dentro de plazo señalado por el art. 44.2 de la LOTC. Ahora bi...

AUTO 12/1985, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-1985

Único. Al permitir el art. 83 de la Ley Orgánica de este Tribunal que a instancia de parte, en cualquier momento y previa audiencia de los comparecidos en el proceso constitucional, pueda disponerse la acumulación de aquellos procesos con objetos conexos que justifiquen la unidad de tramitación y decisión, y hallándose conformes la parte actora de...

AUTO 13/1985, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-1985

1. A juicio de la Sección, en la demanda concurren los dos motivos de inadmisión de naturaleza insubsanable puestos de manifiesto en la providencia de 7 de noviembre pasado. 2. Por lo que respecta al primero de tales motivos -consistente en haberse presentado la demanda fuera del plazo establecido en el art. 43.2 de la LOTC-, cabe señalar que la S...

AUTO 14/1985, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-1985

1. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece en su art. 81.1 que los legitimados para promover un recurso de amparo han de hacerlo representados por Procurador y bajo la dirección de Letrado, sin otra excepción que la de aquellos que por tener el título de Licenciado en Derecho se presume que están técnicamente capacitados para dirigir...

AUTO 15/1985, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-1985

1. Acreditada fehacientemente por el recurrente la presentación del recurso de amparo dentro del plazo fijado en el art. 44.2 de la LOTC, es preciso examinar si del mismo modo ha sido subsanado el otro motivo de inadmisión indicado en el apartado a) de nuestra providencia de 14 de noviembre de 1984: la falta de invocación formal en vía judicial or...

AUTO 16/1985, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-1985

Único. El art. 4.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) dispone que el Tribunal Constitucional apreciará, de oficio o de instancia de parte, su falta de jurisdicción o de competencia. Tratándose de recursos de amparo contra resoluciones judiciales y, en general, contra actos u omisiones de un órgano judicial, la jurisdicción de es...

AUTO 17/1985, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1985

Único. El art. 83 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que, previa audiencia de los comparecidos en el proceso, el Tribunal podrá disponer la acumulación de aquellos procesos con objetos conexos que justifiquen la unidad de tramitación y decisión. En el presente recurso no procede acceder a la acumulación solicitada, pues los d...

AUTO 18/1985, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1985

1. Debe acordarse la acumulación del recurso 768/1984 al 759/1984, pues ambos son recursos ordinarios de inconstitucionalidad, dirigidos contra la misma Ley, que es la Ley 32/1984, de 2 de agosto, de modificación de artículos de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, Estatuto de los Trabajadores, y aunque los preceptos atacados en uno y otro recurso no so...

AUTO 19/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

Único. El art. 2 de las Normas relativas a la gratuidad de justicia en los procesos constitucionales, aprobadas por Acuerdo del Pleno de este Tribunal de 20 de diciembre de 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero siguiente), dispone que los que hayan sido defendidos por pobres en la vía judicial previa a que se refieren los arts. 43 y 4...

AUTO 2/1985, de 9 de enero

Fecha: 09-Ene-1985

Único. La condena en costas -y la sanción pecuniaria- es una consecuencia de haber sostenido una pretensión improcedente, en el marco del proceso de amparo, sabiendo que lo es, o que el demandante hubiera podido saberlo si hubiera indagado con más diligencia, desde una consideración de lo que es el amparo, los fundamentos de tal pretensión. No es ...

AUTO 20/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

Único. Ningún interés ha mostrado el señor Capasso en sostener el presente recurso de amparo, puesto que no ha cuidado él -ni su defensa- de decirnos dónde debían realizarse las comunicaciones que tuviera que dirigirle este Tribunal y, por otro lado, puesto en libertad por el Juez o Tribunal de la causa, se ha desentendido del recurso por entender...

AUTO 21/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

1. La influencia del tiempo en el ejercicio de los derechos subjetivos dentro de los procesos jurisdiccionales, determina que el art. 44.2 de la LOTC exija que el plazo para interponer el recurso de amparo constitucional sea de veinte días a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial; plazo que por ser de derecho sus...

AUTO 22/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

1. El art. 50.3 de la LOTC dice textualmente que «contra el acuerdo de inadmisión de una demanda de amparo constitucional no cabrá recurso alguno». El precepto es tan claro que la interposición de un recurso de súplica contra el Auto de 7 de noviembre de 1984, pretendiendo la admisión del recurso de amparo, carece de todo fundamento, por lo que si...

AUTO 23/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

1. No ha querido la parte demandante sanar uno de los defectos advertidos -el de falta de postulación- haciendo así posible que fuera esta causa, comprendida en el art. 50.1 b), en relación con el 81, ambos de la LOTC, uno de los obstáculos a la admisión, a estas alturas del procedimiento, insalvable, y no lo ha hecho porque insistiendo en una equ...

AUTO 24/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

Único. El art. 56.1 de la LOTC dispone que la Sala, de oficio o a instancia de parte, suspenderá la ejecución del acto recurrido «cuando la ejecución hubiere de ocasionar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad». El recurrente, que sí ha pedido la suspensión, aunque en el trámite oportuno no haya alegado en su favor, expuso en su dema...

AUTO 25/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

1. La providencia de la Sección que puso de manifiesto al actor la existencia de la causa de inadmisión consistente en falta de claridad y precisión en el amparo solicitado, pretendía obtener de aquél una necesaria aclaración tanto en relación al acto impugnado como al petitum de la demanda, pues aparentemente se estaba recurriendo una Sentencia d...

AUTO 26/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

Único. Ausente toda alegación de la parte que promueve este recurso de amparo tras la puesta de manifiesto de la posible concurrencia de la causa de inadmisibilidad prevista en el art. 50.2 b) de la LOTC, y con abstracción de tal silencio, es de notar que en el escrito de demanda se citan como presuntamente violados los arts. 14 «y siguientes», 35...

AUTO 27/1985, de 16 de enero

Fecha: 16-Ene-1985

Único. En el recurso de amparo no se plantea tema distinto, ni desde ángulos distintos, que el objeto del que se resolvió -declarando la inadmisibilidad-, por nuestra resolución del 11 de abril último, pues también en éste se cuestionó la justicia de la norma tributaria contenida en la disposición transitoria segunda, in fine, de la Ley 44/1978; y...