AUTO 1165/1988, de 24 de octubre
Fecha: 24-Oct-1988
1. La presente demanda carece de contenido constitucional y le es aplicable lo dispuesto en el artículo 50.2.b) de la Ley Orgánica de este Tribunal, en su redacción primitiva, y 50.1.c) en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1988, de 9 de junio. Para llegar a esta conclusión basta repetir aquí los razonamientos ya expuestos en nuestro Auto de ...