SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1714/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1714/2012

Fecha: 01-Oct-2012

unitario

En similar dirección el art. 1 de la CPE caracteriza el nuevo modelo de Estado como: “Estado unitario social de derecho plurinacional  comunitario, libre independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías”, que se funda “en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural, y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”. Contenido normativo reforzado con lo establecido en el art. 2 de la norma fundamental al reconocer el derecho a la libre determinación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos en el marco de la unidad del Estado.

Por su parte, este principio de unidad, se configura como un valor supremo, según se expresa en el art. 8.II de la CPE al formar parte de los valores en los que se sustenta el Estado. Asimismo, el reconocimiento de los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos se funda: “En el marco de la unidad del Estado…”(art. 30.II de la CPE).

Consecuentemente, el principio valor de unidad del Estado, constituye un pilar en el que se sustenta el Estado boliviano, por tal motivo este principio valor debe guiar al intérprete constitucional al momento de interpretar las normas constitucionales así como del resto del ordenamiento jurídico. En tal sentido, es un principio que se irradia en todo el sistema normativo del país.