DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2013

Fecha: 27-Jul-2013

b)

b)      Ejecución del proceso de elaboración del Estatuto Autonómico Originario de Totora Marka, describiendo cronológicamente lo actuado: i) Emisión de la Ordenanza Municipal de convocatoria al referendo para la iniciativa autonómica; ii) La Conformación del Consejo Estatuyente de Totora Marka, conformado por Tantachawis de cada ayllu de acuerdo a sus procedimientos propios, supervisado por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) -del Órgano Electoral Plurinacional-; iii) El proceso participativo de elaboración del Estatuto; y, iv) La aprobación del mismo por el Conformación del Consejo Estatuyente de Totora Marka, con supervisión del SIFDE.

Sustentan su petición en las siguientes disposiciones constitucionales y legales: Arts. 2, 30, 289 a 296 y 303 a 304 de la CPE, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (ratificado por Ley 1157 de 11 de julio de 1991), la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas (ratificado por Ley 3760 del 7 de noviembre de 2007), el Decreto Supremo (DS) 0231 de 2 de agosto de 2009, Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD) -Ley 031 de 19 de julio de 2010-, Ley del Órgano Electoral Plurinacional (LOEP) -Ley 018 de 16 de junio de 2010- , Ley del Régimen Electoral -Ley 026 de 30 de junio de 2010-, Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) -Ley 027 de 6 de julio de 2010- en sus arts. 145 al 148 y Código Procesal Constitucional (CPCo) -Ley 254 de 5 de julio de 2012-.

b)    El objetivo de la currícula regionalizada en un sector de políticas específico (en este caso es el educativo) es la materialización de los principios generales de la Constitución Política del Estado y los específicos de la organización territorial del Estado, conciliando la diversidad (plurinacionalidad, pre-existencia de los pueblos IOC, interculturalidad, etc.) con la unidad (pues más allá de toda peculiaridad, parcialidad, diferencia, existe un “todos”, un lugar común en el que se integran las partes), propia de los Estados de carácter compuesto.

b)    Activa/positiva. Al Estado en sus diferentes niveles, le corresponde además asumir un posición garantista activa, esto quiere decir, que el Estado, en sus niveles de gobierno central y subnacionales, debe tomar las acciones y generar la institucionalidad necesaria para materializar esa garantía, siempre dentro del marco competencial establecido; tiene, por lo mismo, un “deber de hacer”, de actuar.

b)  La muyt’a o tumtawi (visita a sayañeros), arunt´awi (saludo), akullt´awi-ch’allt´awi (ritual), tumpawi (pregunta al sayañero), iwxawi (aconsejar), suma sarnaqawi (buen andar), irnaqaña (trabajar), jayna (trabajo colectivo), ayni-purapata yanapt´asiñani, (reciprocidad ayuda mutua), mink’a (cooperación), waki (a partida o, a medias), askichawi-chiqanchawi (corregir, arreglar, direccionar, enmendar), qhusqhachaña (distribución justa equitativa), qhananchawi (transparencia), iyawsawi  (aceptación del consejo).

b)  Es plural e incluyente, intra e intercultural basada en la complementariedad (Chacha -Warmi), incorpora a la familia, comunidad, ayllu, Marka y Nación en el proceso educativo, para formar personas que desarrollen una conciencia social crítica y reflexiva con identidad cultural, una educación propia en la vida y para la vida, respetando y valorando la cosmovisión originaria y aplicando la sabiduría y conocimientos propios complementados con la ciencia y tecnología actual, vinculando la teoría con la práctica del desarrollo productivo comunitario, respetando y valorando a la Pachamama.