DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015

Fecha: 16-Ene-2015

1°  La INCOMPATIBILIDAD

1°  La INCOMPATIBILIDAD de los arts.: 6 en la frase: “del Municipio”; 7.IV; 8; 9.I, IV y V; 10.I, III y IV en el término “étnica; 11 en la frase: “colindando al Norte con el Municipio de Vallegrande, al Sur con el Departamento de Chuquisaca, al Este con el Municipio de Vallegrande y al Oeste con los Departamento de Cochabamba y Chuquisaca”; 13; 15; 17; 18; 19; 20. 4 en su término “ordenanzas”, 9, 6 en su frase “emitidas por el poder ejecutivo”, 7, 12, 15 en la frase: “a través de la Alcaldesa o Alcalde Municipal”, 16 en el término “étnica”, 18, 20 y 23; 26; 27; 29 en la frase “un representante del municipio tres representantes de las organizaciones sociales”; 31; 32 inc. e) y la última parte en la frase: “y la Ley del Régimen Electoral”; 39 en las frases: “No tener pliego de cargo o sentencia condenatoria ejecutoriada”, “y la Ley del Régimen Electoral”; 40; 41. 6, 7, 8, 11, 13, 15 en la frase: “de conformidad con los plazos y modalidades establecidas en el Reglamento Interno del Concejo Municipal”, 18 en el término “rural”, 21 en la frase: “con participación ciudadana y control social en la conformación del directorio de la Empresa“, 23, 25 en la frase “debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal”, 27 en el término: “étnica”, 28, 30 en la frase: “Asimismo podrá sancionar de manera concurrente con los órganos de la administración central y los organismos estatales correspondientes las infracciones a normas municipales, nacionales y sectoriales”, 31 en la frase: “o con la cooperación de las autoridades nacionales, departamentales, así como la reasignación del uso del suelo que corresponda; mediante reglamento específico” y 33; 42; 43; 44; 45; 46; 47; 48; 49; 50; 51; 52; 53; 54; 55 en la frase: “o mediante las instancias del sistema de participación ciudadana y control social, o iniciativa legislativa ciudadana individual o colectiva”; 56 en la frase: “Participación Ciudadana, Control Social y otros”; 57 en la frase: “La reconsideración de leyes se realizará por simple mayoría del total de las concejalas o concejales del Concejo Municipal”; 59; 61; 62; 63; 64; 65; 66; 67; 68; 71; 72; 73; 74; 75; 77; 78; 79; 81 en la frase: “y rurales”; 82 en los puntos a, b en las frases “Tasas. Las Tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicio o la realización de actividades sujetas a normas de Derecho Público individualizado en el sujeto pasivo” y “Tasa de Seguridad Ciudadana”, c en su frase “Patentes. Las patentes municipales son tributos que tiene como hecho generador, las autorizaciones que concede el municipio para la realización de actividades económicas, profesionales, de servicios y de toda actividad que se realiza en la jurisdicción del municipio” y el punto e; 83.I.1; 84; 85. 2, 3, 4, 5, 8 y 9 en el término: “Otros”; 87. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; 89; 92; 95; 96; 97; 99 en el término “hábitat” del nomen juris; 100. 1 y 4; 104; 105 en los términos “Biodiversidad y” del nomen juris, y la última parte “la biodiversidad y”; 107; 111.II; 116; 117; 119; 120; 123; 129; Disposición Transitoria Segunda; Disposición Final Primera y Segunda.