DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Fragmento 96

La participación y control social en el POA y presupuesto puede efectuarse hasta la formulación; y no puede aprobar, modificar ni ejecutar este; siendo que los arts. 241 y 242 de la CPE, mencionan como se organizara y participara el control social; además, está regido por la Ley de Participación y Control Social; así, en su art. 23.I y II, estipula que: “Las entidades territoriales autónomas garantizarán el ejercicio de la Participación y Control Social, de acuerdo a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y sus estatutos, a través de sus Estatutos Autonómicos Departamentales, Cartas Orgánicas Municipales y Estatutos Regionales y Estatutos Indígena Originario Campesinos, en el marco de la Constitución Política del Estado, la presente Ley y demás normas aplicables.