DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015

Fecha: 16-Ene-2015

“Artículo 20º.- (Atribuciones del Concejo)

20. Aprobar mediante resolución interna el presupuesto del Concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de las Concejalas y los Concejales, Alcaldesa o Alcalde Municipal y administración municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; asimismo la escala de viáticos y gastos de representación del presidente del concejo, concejalas y concejales y del ejecutivo municipal en función con lo establecido en la presente ley y con la capacidad económica del Municipio, para su consolidación en el presupuesto Municipal.

11. Aprobar por 2/3 del total de los concejales, la enajenación de bienes municipales sujetos a régimen jurídico privado de conformidad a la presente Carta Orgánica para su posterior tramitación de su autorización de la Asamblea Plurinacional de Bolivia. 12. Aprobar la participación del Ejecutivo Municipal en Mancomunidades, Asociaciones, hermanamientos y organismos intermunicipales, públicos y privados, nacionales o internacionales.

20. Aprobar mediante resolución interna el presupuesto del Concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de las Concejalas y los Concejales, Alcaldesa o Alcalde Municipal y administración municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; asimismo la escala de viáticos y gastos de representación del presidente del concejo, concejalas y concejales y del ejecutivo municipal en función con lo establecido en la presente ley y con la capacidad económica del Municipio, para su consolidación en el presupuesto Municipal.