DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015

Fecha: 16-Ene-2015

“Artículo 55º.- (Procedimiento Legislativo):

“Artículo 55º.- (Procedimiento Legislativo): Los proyectos de leyes municipales para su tratamiento en el Concejo Municipal pueden ser presentados por uno o más Concejales, por las Comisiones del Concejo, la Alcaldesa o Alcalde Municipal, o mediante las instancias del sistema de participación ciudadana y control social, o iniciativa legislativa ciudadana individual o colectiva.

Artículo 55º.- (Procedimiento Legislativo): Los proyectos de leyes municipales para su tratamiento en el Concejo Municipal pueden ser presentados por uno o más Concejales, por las Comisiones del Concejo, la Alcaldesa o Alcalde Municipal, o mediante las instancias del sistema de participación ciudadana y control social, o iniciativa legislativa ciudadana individual o colectiva.