DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2015

Fecha: 16-Ene-2015

“Artículo 19º.- (Concejo Municipal):

 “Artículo 19º.- (Concejo Municipal): El Concejo Municipal es la máxima autoridad del Gobierno Autónomo Municipal de Pucará de acuerdo al artículo 283 de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, se constituye en el Órgano Legislativo con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias y jurisdicción; y el Órgano Ejecutivo, presidido por el Alcalde (sa) Municipal, con facultad reglamentaria y ejecutiva en el ámbito de sus competencias y jurisdicción”.

Artículo 19º.-  (Concejo Municipal): El Concejo Municipal es la máxima autoridad del Gobierno Autónomo Municipal de Pucará de acuerdo al artículo 283 de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, se constituye en el Órgano Legislativo con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias y jurisdicción; y el Órgano Ejecutivo, presidido por el Alcalde (sa) Municipal, con facultad reglamentaria y ejecutiva en el ámbito de sus competencias y jurisdicción.