CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 108. (PROGRAMA OPERATIVO ANUAL)

El Órgano Ejecutivo Municipal asegurará la elaboración del Programa de Operaciones Anual que traducirá los objetivos estratégicos, productos y operaciones de los instrumentos de planificación Municipal en el corto plazo, concordantes con los planes y políticas generados por el Sistema Nacional de Planificación para lo cual debe considerarse los principios del Sistema de Programación de Operaciones; integralidad, universalidad, sostenibilidad, transparencia y flexibilidad, además de asegurar y garantizar medios y recursos ampliamente participativos y suficientes.