DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017

Fecha: 25-Sep-2017

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La disposición que precede, básicamente establece la naturaleza jurídica de la Carta Orgánica, lo que implica que de una u otra forma define su contenido; aspecto que se encuentra dentro de los márgenes de constitucionalidad; sin embargo, en el numeral 4, en referencia a las formas y mecanismos de participación y control social como parte del contenido de la Carta Orgánica, corresponde dejar en claro que éstos serán del Gobierno Autónomo Municipal de Colomi y que de ninguna manera implicará una limitación a los mecanismos y formas establecidos por la propia sociedad civil organizada como titular del derecho al control y participación social que goza de independencia frente al aparato institucional del Estado con capacidad para definir su estructura y composición, y de generar sus propias formas y mecanismos de control de la gestión pública, conforme establecen el art. 241.V y VI de la CPE[2].