DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Competencias privativas

Con referencia a las competencias, el art. 297.I de la CPE, establece cuatro categorías, con características propias y ejercitadas por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas (ETA), y que fueron desarrolladas con mayor claridad por la SCP 2055/2012, en la siguiente forma: a) Competencias privativas. ’Aquellas cuya legislación, reglamentación y ejecución no se transfiere ni delega, y están reservadas para el nivel central del Estado‘.