DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017

Fecha: 25-Sep-2017

durante

La disposición descrita, establece como una obligación de los funcionarios electos del Gobierno Autónomo Municipal de Colomi, la presentación de sus declaraciones juradas de bienes al iniciar y finalizar sus respectivos mandatos, extremo que no concuerda con la obligación prevista en el art. 235.3 de la CPE, que establece como un obligación de las servidoras y servidores públicos en general ”Prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo“ (la negrilla nos corresponde).

La norma constitucional desarrollada, establece que dicha obligación no solo se cumple antes y a la finalización del ejercicio del cargo, sino también mientras dure el ejercicio de la función pública, claro está sujeta a las normas y formas previstas por la Contraloría General del Estado (CGE), ente competente para establecer dicha regulación; sin lugar a dudas estas obligaciones tienen la finalidad de transparentar la administración pública y luchar contra la corrupción, por lo mismo, cualquier norma que regule dicha materia debe ser acorde a las disposiciones constitucionales -por el principio de supremacía constitucional- o en su caso acordes a las leyes y disposiciones nacionales -según establezca el reparto competencial-.