DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017

Fecha: 25-Sep-2017

[28]

La disposición descrita, establece las incompatibilidades con el ejercicio de la función pública de los servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal de Colomi; sin embargo, del contraste normativo con el art. 239 de la CPE[28], se advierte una serie de observaciones que conlleva a la inminente declaratoria de incompatibilidad constitucional.

En el análisis de los arts. 47 y 54 del proyecto, se estableció en cierta manera la naturaleza jurídica tanto de las prohibiciones como de las incompatibilidades en el ejercicio de la función pública reguladas en la Constitución Política del Estado; en tal sentido, cada una de éstas figuras busca una finalidad distinta y que al tratarse de normas relacionadas al ejercicio de la función pública están dirigidas a los servidores públicos, en este caso del Gobierno Autónomo Municipal de Colomi.

[28] Artículo 239. Es incompatible con el ejercicio de la función pública: 1. La adquisición o arrendamiento de bienes públicos a nombre de la servidora pública o del servidor público, o de terceras personas. 2. La celebración de contratos administrativos o la obtención de otra clase de ventajas personales del Estado. 3. El ejercicio profesional como empleadas o empleados, apoderadas o apoderados, asesoras o asesores, gestoras o gestores de entidades, sociedades o empresas que tengan relación contractual con el Estado.