DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017

Fecha: 25-Sep-2017

corresponde declarar la incompatibilidad constitucional del numeral 3 del art. 77 y numeral 6 del art. 78 del proyecto en estudio

En tal sentido, queda claro la competencia exclusiva prevista en el art. 302.I.39 de la CPE, en favor del nivel municipal tiene un carácter programático y por otro, que el establecimiento de sanciones punitivas es competencia privativa del nivel central del Estado; por lo cual, corresponde declarar la incompatibilidad constitucional del numeral 3 del art. 77 y numeral 6 del art. 78 del proyecto en estudio, debiendo el estatuyente modificar dicha disposiciones en función a los argumentos desarrollados.