SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2018-S1

Fecha: 01-Mar-2018

con ello se brinda una integralidad básica para no quebrar el ordenamiento jurídico, velando por el respeto y protección de los derechos colectivos de los pueblos indígenas así como también la protección de los derechos individuales de los miembros de una comunidad indígena.

En este mismo sentido, reconociendo la Constitución Política del Estado la diversidad socio-cultural existente en Bolivia, a partir de la cual se incorporan principios y valores, entre los que se encuentra el pluralismo jurídico que en lo sustancial constitucionaliza la coexistencia de diversos sistemas jurídicos vigentes en Bolivia en igualdad jerárquica, esta situación impele al Tribunal Constitucional Plurinacional tener como otra directriz dentro de su labor de control de constitucionalidad a este principio, a fin de que permita se construya y consolide efectivamente el axioma incorporado dentro de la norma fundamental boliviana, para lo cual no se puede desconocer, los Tratados Internacionales, la Constitución vigente, la legislación nacional e indígena y las normas originarias o consuetudinarias, que se constituyen en un conjunto de normas que permiten determinar la competencia de la jurisdicción indígena, a través del autoreconocimiento de los Pueblos Indígena Originario Campesinos (PIOC) y la potestad de impartir justicia, con ello se brinda una integralidad básica para no quebrar el ordenamiento jurídico, velando por el respeto y protección de los derechos colectivos de los pueblos indígenas así como también la protección de los derechos individuales de los miembros de una comunidad indígena.