SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2018-S1

Fecha: 01-Mar-2018

II.1.

II.1.    Consta RA DN-UFA-RES 009/2015 de 14 de agosto, emitida por el INRA, en la cual se resolvió: “Anular obrados correspondientes al proceso de Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen de la Organización de Pueblos Indígenas Originarios de la Marka Quila-Quila’ - Polígono 877 hasta el Relevamiento de Información de Campo y de los Terceros Identificados en su interior así como los actuados posteriores Informes Técnicos, Legales Informe de Conclusiones e Informe de Cierre, ejecutado en inobservancia de los Arts. 159, 298, 304, 305, 349 inc. b) y 358, 365 y 366 del D.S. 29215; 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69 y 70 de las Normas Técnicas Catastral, así como las garantías constitucionales del debido proceso” (sic), instruyendo a la Dirección Departamental del INRA Chuquisaca, reencausar el referido proceso de saneamiento, debiendo emitirse las Resoluciones Administrativas respectivas al efecto, “…en los términos expuestos en el Informe Técnico Legal DN-UFA-INF N° 030/2015 y presente resolución, conforme normativa agraria vigente, arts. 272, 468 al 473 del D.S. 29215…” (sic); y, la remisión de piezas pertinentes del proceso de saneamiento a la autoridad legal competente de la institución a fin de que considere el inicio de procesos administrativos de acuerdo a la identificación realizada en el señalado Informe Técnico-Legal, encargando el cumplimiento de lo dispuesto a la Dirección Departamental del INRA Chuquisaca en coordinación con la Dirección General de Saneamiento y Titulación, y las Unidades de Fiscalización Agraria de la Dirección Nacional del INRA (fs. 467 a 480).