DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020

Fecha: 15-Ene-2020

diferenciado en la estructura de sus niveles

             De conformidad con la jurisprudencia constitucional contenida en la SCP 1714/2012, a partir de la Constitución Política del Estado puesta en vigor el 7 de febrero de 2009, se ha producido el nacimiento de un nuevo Estado, diferenciado en la estructura de sus niveles, con particulares características organizacionales y territoriales: Las autonomías instituidas dentro del marco de la unidad del Estado y con estructuras plurales como el carácter comunitario. Así, nuestro nuevo modelo de Estado, se encuentra: “…cimentado en la distribución del poder político con base territorial, en el que se reconoce la existencia de distintos niveles gubernativos en el territorio: un gobierno nacional y varios gobiernos autónomos, con facultades ejecutiva, legislativa, reglamentaria y fiscalizadora, según expresa el art. 272 de la CPE, cuya dinámica en el ejercicio de dichas facultades debe reflejar la característica esencial del nuevo Estado orientado hacia una democratización profunda del poder político que desmantele la centralización caracterizadora del anterior modelo de Estado, toda vez que el diseño autonómico es otro pilar esencial de la nueva ingeniería estatal, de ahí la distribución de competencias otorgando a las entidades territoriales autónomas competencias exclusivas, concurrentes y compartidas a ser desarrolladas dentro de su jurisdicción territorial”  (negrillas y subrayado agregados).