DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020

Fecha: 15-Ene-2020

son normas caracterizantes del ordenamiento, esenciales para su identidad o fisiología axiológica.

Es decir, a los ojos del intérprete dichos principios tienen especial “importancia” porque son normas caracterizantes del ordenamiento, esenciales para su identidad o fisiología axiológica. Dentro del Derecho Constitucional Boliviano, se identifica como ejemplo claro, el principio de la separación de poderes[4], que en el margen de una tarea interpretativa vinculada al mismo, necesariamente debe partir de un criterio sistemático, observando el fin último de este principio, tomando en cuenta que opera como voluntad del constituyente, por lo que, el objeto de interpretar la Norma Suprema, a través de este principio, es observar, más allá de cualquier disposición expresa, la separación de poderes como un elemento esencial constitutivo del Estado Constitucional Democrático de Derecho.