DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020

Fecha: 15-Ene-2020

según los fines establecidos en

Esta forma de interpretación, está reconocida –como se ha señalado anteriormente– por el art. 2.II.1 del CPCo, que de manera literal instituye como criterio interpretativo: “II. Asimismo podrá aplicar: 1. La interpretación sistemática de la Constitución Política del Estado, y la interpretación según los fines establecidos en los principios constitucionales” (las negrillas nos corresponden).