Auto Supremo AS/0530/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Señala que, el Auto de Vista de manera incongruente y aplicando indebidamente la ley,

Señala que, el Auto de Vista de manera incongruente y aplicando indebidamente la ley, revocó erróneamente el cargo por el concepto de los ingresos bancarios sin descargo por venta de alcohol, transgrediendo y violando toda la normativa legal, en contraposición a la verdad material de los hechos acaecidos, pretendiendo que no se produjo la venta de alcohol de UNAGRO S.A., sino que el ingreso observado corresponde al pago de la venta de azúcar a crédito efectuada por la Empresa CORINTER, fundamento que utilizó erróneamente, allanándose sólo al criterio personal del auditor; que dentro del proceso de fiscalización la Administración Tributaria, observó los ingresos cuyos registros contables señalan que las operaciones fueron por concepto de venta de alcohol, conforme al detalle que se tiene en el cuadro de fs. 820 (pág. 23 del recurso); por ello, la Administración Tributaria observó la misma, sin que el contribuyente haya desvirtuado los cargos establecidos, apropiando dichos ingresos a la cuenta de pasivo 21619-2-20649 DISALI del contribuyente DISALI ingresos a la Empresa CORINTER S.A. por una deuda de compra de azúcar de la gestión 2003 (ver fs. D115, D117 y D120), demostrándose que los ingresos de Bs.10.9242.096.- fueron realizados por personal de UNAGRO S.A. y en efectivo, no correspondiendo a depósitos realizados por la Empresa CORINTER S.A