Auto Supremo AS/0530/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Señalando finalmente que, el Auto de Vista recurrido, es totalmente ilegal, por cuanto desconoce flagrantemente

Señalando finalmente que, el Auto de Vista recurrido, es totalmente ilegal, por cuanto desconoce flagrantemente los arts. 1, 2, 3, 7, 10 a 15 de la Ley Nº 843, disposiciones que establecerían el objeto, sujeto nacimiento del hecho imponible; asimismo se habría violado el derecho al debido proceso consagrado en el art. 115. II de la CPE, apoyando dicha afirmación en las SSCC Nos. 0418/2000-R, 1276/2001-R, 0489/2003-R de 15 de abril, 0477/2010 y 0896/2010-R, además de la doctrina expresada por Carlos Bernal Pulido, e su obra “El derecho de los derechos”, expresada en su doble naturaleza: como derecho fundamental de los ciudadanos y como una garantía jurisdiccional, reconocido en los arts. 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y Deberes del Hombre (DUDH) y arts. 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, misma que estaría prescrito también en el art. 44 de la Ley Nº 1836 del Tribunal Constitucional, bajo los principios establecidos en el art. 178 de la CPE