Auto Supremo AS/0530/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo,

Por lo expuesto precedentemente, la observación efectuada por la Administración Tributaria, no es evidente, evidenciándose que los Vocales de la Sala Social y Administrativa, al ratificar la Sentencia Nº 03/2013 de 19 de septiembre, obraron correctamente sin violar ni transgredir la normativa señalada en el recurso.
Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo, corresponde dar aplicación a los arts. 271. 2 y 273 del CPC, por mandato de la norma remisiva contenida en los arts. 214 y 297. II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y 74.2 de la Ley Nº 2492 CTB de 2 de agosto de 2003