Auto Supremo AS/0530/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Por otra parte, cuando el contribuyente reclama que se le vulneró los mismos derechos anotados

Por otra parte, cuando el contribuyente reclama que se le vulneró los mismos derechos anotados para este punto, porque no se le permitió el acceso al expediente administrativo al encontrarse éste en la ciudad de La Paz cuando el contribuyente tendría como sede la ciudad de Santa Cruz; es importante señalar que, conforme resolvió el Tribunal de Alzada, que para disponer la nulidad de los actos administrativos impugnados, deben observarse los principios que en el marco legal y doctrinal se precisan, siendo uno de ellos el principio de trascendencia antes referido; en tal sentido, si bien la empresa recurrente afirma que no pudo acceder al expediente administrativo por no encontrarse éste en la ciudad de Santa Cruz en la que tiene su domicilio, más allá de ello, no se expone razonamiento alguno que permita encontrar la relevancia del mismo; es decir, en qué medida tal situación habría influido en la defensa que éste pudo asumir, señalando cuáles con los mecanismos de defensa de los que no ha podido hacer uso, y cual la relevancia de los mismos para así disponer la nulidad de obrados