Auto Supremo AS/0530/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2014

Fecha: 30-Dic-2014

La Administración Tributaria sostiene que los ingresos expuestos en la Resolución Determinativa por este concepto

La Administración Tributaria sostiene que los ingresos expuestos en la Resolución Determinativa por este concepto corresponderían a una venta de azúcar efectuados por el ingenio, toda vez que existió una transacción comercial sin la correspondiente emisión de nota fiscal, basando tal postura en el libro mayor contable, balance de comprobación de sumas y saldos del contribuyente y no obstante de ello el ente fiscal consultó con el balance general contable, documentación que coincidió con la utilidad declarada por el contribuyente; puesto que, de la verificación proporcionada por el auditor externo, el saldo de la cuenta 11362-3-19296 FECANORTE al 31 de marzo de 2007, registraría Bs.20.696.543.-(ver fs.961) y contrariamente a los descargos presentados por el contribuyente (mayores y comprobantes contables) que registrarían un saldo de cero (ver fs. B97); por lo que, el Tribunal ad quem, violó los arts. 1, 2, 3, 4, 5 y 7 de la Ley Nº 843 y arts. 4 y 7 del DS Nº 21530, aplicando indebidamente el art. 6 de la Ley Nº 2492, pretendiendo excluir hechos económicos como gravables del objeto de un tributo