Auto Supremo AS/0510/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2016-RRC

Fecha: 04-Jul-2016

Conforme a los motivos de casación, es preciso dejar establecido que en la labor de


Conforme a los motivos de casación, es preciso dejar establecido que en la labor de control de la Sentencia, el Tribunal de apelación tiene la obligación de verificar si la fundamentación de la Resolución impugnada comprende una fundamentación descriptiva, fáctica, analítica o intelectiva y jurídica, de modo tal que permita una cabal comprensión de la decisión asumida en relación a la existencia o inexistencia del hecho antijurídico y la responsabilidad penal del encausado. Así, a través del Auto Supremo 65 de 19 de abril de 20012, invocado por la recurrente, se estableció:

“Una vez desarrollado el acto de juicio y agotadas las distintas actividades descritas por el Código de Procedimiento Penal, que hacen a su sustanciación, el Juez o Tribunal de Sentencia en observancia del derecho al debido proceso, deberá proceder a emitir la Sentencia que corresponda a través de una resolución debidamente fundamentada que comprenda una fundamentación descriptiva, fáctica, analítica o intelectiva y jurídica, lo que supone la precisión del conjunto de hechos que se tienen por ciertos o debidamente probados con los requisitos de claridad y precisión; la trascripción sintética pero completa del contenido de la prueba; la valoración propiamente dicha de la prueba o el análisis de los elementos de juicio con que se cuenta; la calificación jurídica de la conducta desplegada por el imputado, lo que importa analizar los elementos del delito como la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad, esto es la labor de adecuación o no del hecho al presupuesto normativo; y, la aplicación de la pena; incurriéndose en fundamentación insuficiente la ausencia de cualquiera de las fundamentaciones señaladas; por ende, en el defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP