Auto Supremo AS/0510/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2016-RRC

Fecha: 04-Jul-2016

Contra la precitada Sentencia, la representante legal de los acusadores particulares Grace Giovanka Beltrán Zavala


Contra la precitada Sentencia, la representante legal de los acusadores particulares Grace Giovanka Beltrán Zavala y la imputada Jenny Velasco Pinto, interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 033 de 08 de diciembre de 2015, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedentes las apelaciones interpuestas y confirmó la Sentencia apelada; de las cuales, se pasarán a detallar únicamente los argumentos atinentes a los motivos admitidos con relación a la impugnación planteada por la ahora recurrente, por ser de interés al caso de análisis:

1) Denunciando inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva (arts. 13, 260 del CP), alega que el Tribunal de Sentencia, al haber condenado a su persona por la muerte de Cynthia Camacho Mariscal, no sólo ha desvirtuado la esencia de la sana crítica como sistema de valoración de la prueba, sino también ha obrado fuera de la estructura de la lógica jurídica, otorgando un valor a la pericia elaborada y presentada por Fernando Marqués, cuyo contenido y conclusiones son contradictorias técnica, médica y científicamente con las atestaciones de los mismos galenos presentados por el Ministerio Público y los peritos de descargo, ingresando la Sentencia al terreno de lo especulativo, sosteniendo su culpabilidad sobre la base de la declaración de la única persona que se encontraba en la habitación al momento en que, como enfermera, colocó el calmante por vía epidural y que la indicada testigo de cargo María Cristina Arandia Martínez afirmó no saber porque estaba hablando con Fabiana