Auto Supremo AS/0510/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2016-RRC

Fecha: 04-Jul-2016

En este punto es necesario referirse a la valoración otorgada por el Tribunal de mérito


En este punto es necesario referirse a la valoración otorgada por el Tribunal de mérito con relación a las pericias efectuadas por los médicos Yuri Alberto Lazarte Rojas y Rómulo Antonio Torrez Balanza, sobre que la administración de la Bupivacaína en la dosis indicada por el anestesista no podría ocasionar el paro cardiorespiratorio que sufrió la paciente y que la causa se debió a otros motivos, extremo que la recurrente sostiene y cuestiona en la valoración probatoria efectuada por el Tribunal de Sentencia y que no habría sido corregida por el Tribunal de apelación, se tiene que el Tribunal de apelación, en uso de la sana crítica, estableció que las aludidas consideraciones de los peritos, tendría sustento si existiese certeza incontrastable de que la enfermera Velasco cumplió con las indicaciones respecto de dosis, porcentajes y técnicas adecuadas; sin embargo, conforme el Tribunal estableció anteriormente, la enfermera acusada lo que menos hizo es cumplir con las recomendaciones del médico anestesista