Auto Supremo AS/0237/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2018

Fecha: 04-Abr-2018

7) Aducen interpretación errónea de los alcances del contrato del año 1967, toda vez que

7) Aducen interpretación errónea de los alcances del contrato del año 1967, toda vez que el acuerdo de distribución adicional suscrito el 15 de agosto de 1995 (fs. 221 a 223) habría limitado la exclusividad de las ventas de la integridad de los productos, materiales y equipos, refiriendo en ese sentido que La Papelera ya no era distribuidor exclusivo de ningún producto ni insumo de AGFA, empero los jueces de instancia habrían indicado que esa limitación de exclusividad tan solo comprendería la distribución de equipos electrónicos para impresión, por lo que acusan la omisión valorativa de las pruebas de fs. 966 a 968, de fs. 1141 a 1144 y de fs. 1268 a 1272