Auto Supremo AS/0237/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2018

Fecha: 04-Abr-2018

B) En el fondo

Por lo expuesto solicitan, se anule obrados y se declare probada la excepción de incompetencia.
B) En el fondo:
1) Acusan aplicación indebida del art. 1567 del actual Código Civil, ya que los jueces de instancia no habrían tomado en cuenta que el contrato objeto de la demanda habría sido suscrito el 16 de octubre de 1967 y entrando en vigencia el 01 de julio del mismo año, correspondiendo la aplicación del Código Civil Santa Cruz, empero se habría resuelto la causa en base al actual Código Civil, aplicándose retroactivamente actos jurídicos regulados por la legislación anterior, lo que sería atentatorio contra el orden público y las garantías constitucionales; acusando en ese sentido una actuación extra petita incurriendo en incongruencia objetiva, por lo que consideran que debió disponerse la nulidad de obrados de oficio