Auto Supremo AS/0147/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

De igual forma, denuncia que el Tribunal de apelación no brindó pronunciamiento sobre el reclamo


A partir de lo expresado, la cartera recurrente afirma que la Sentencia de grado es incongruente vulnerando así el debido proceso (citando al efecto una porción de la SC 1916/2012 de 12 de octubre) dado que “el mismo tribunal de sentencia aceptó procedimiento abreviado de sr. Dennis Grundy y lo condenó a dos años, al ser hallado culpable y autor del delito de Asociación Delictuosa y en grado de complicidad por los delitos de Uso indebido de bienes y servicios públicos y en relación a los acusados Carlos Ramírez, Ricardo Alegría y Walter Zuleta manifiestan que no es coherente la aplicación de una pena como autor y cómplice, contradiciéndose en la misma sentencia emitida, dentro el mismo caso” (sic).

De igual forma, denuncia que el Tribunal de apelación no brindó pronunciamiento sobre el reclamo de insuficiente fundamentación y contradicción en el fallo de mérito, en el que se acusó que la absolución de Ricardo Alegría Sequeiros, “…no es lógico que un profesional que haya contratado un supuesto trabajo, tenga que devolver una suma de dinero, cuando dedico tiempo, esfuerzo, planificación y dedicación a una tarea a la cual, estaba conforme la sra. Zapata que se realice, no existiendo una fundamentación clara y concisa sobre este hecho y como se tiene acreditado en juicio oral, la supuesta suma…sería $10.000…y el monto depositado no sería igual al supuesto monto entregado de Bs.68.500 según los mismos datos que cursan en la sentencia” (sic)