Auto Supremo AS/0147/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

En el caso concreto, la entidad recurrente manifiesta que el Tribunal aplicó de manera incorrecta


En el caso concreto, la entidad recurrente manifiesta que el Tribunal aplicó de manera incorrecta el art. 185 bis del CP, omitiendo sin fundamento los alcances de la acusación particular, pues se circunscribe al simple hecho que la señora Zapata Montaño “habría manipulado al acusado Alegría para que este deposite como el caso de otros terceros o testigos” (sic), omitiéndose “que Alegría y Zapata estaban íntimamente allegados`…ya que ambos fueron condenados por el delito de uso indebido de bienes y servicios públicos, pos los hechos que sustentan este delito, se tiene que ambos sostenían reuniones en reuniones junto a Cristina Choque, es decir había colusión entre ellos y los depósitos de Alegría no fueron aislados y sorprendido en su buena fe, ya que sabía de las actividades ilícitas de Zapata” (sic)