Auto Supremo AS/0147/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

Reclama que en su caso la investigación tuvo origen tan solo en la carta MTILCC/VMLCC/206


Previa exposición de contenidos jurisprudenciales (SCP 0770/2012de 13 de agosto) y doctrinarios, sobre la taxatividad de la Ley penal y los indicios como “mecanismo intelectivo para la prueba” (sic), manifestando que “en la formación de la convicción judicial…las presunciones…permiten esa acreditación a través de supuestos de certidumbre admitidos de forma generalizada en la formulación de la prueba indiciaria” (sic), que la caracterización de los indicios se delinea por su no historicidad y su necesario sometimiento a un análisis crítico tendiente a la acreditación de los hechos objeto del proceso. Prosigue, argumentando que la “presunción judicial no puede partir de un hecho dudoso…y…que no tienen el carácter de indicios los datos no acreditados en forma plena…por lo que…se tratan de meras presunciones” (sic); sobre este particular agrega que “la presunción es la inferencia que obtenida del indicio permite acreditar otro hecho distinto” (sic)

Reclama que en su caso la investigación tuvo origen tan solo en la carta MTILCC/VMLCC/206 de 25 de febrero, en la cual la entonces Ministra de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, transmitió presuntas irregularidades en las que la recurrente y la coimputada Cristina Choque habrían incurrido