Auto Supremo AS/0147/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

Previa reseña de los antecedentes del proceso, el señor Alegría Sequeiros, manifiesta que “la Sala


Previa reseña de los antecedentes del proceso, el señor Alegría Sequeiros, manifiesta que “la Sala Penal Segunda no atendió [sus] planteamientos y…modifica los hechos…incorpora[ndo] otros elementos de los cuales nunca [fue] juzgado y menos sentenciado, como el hecho de la existencia de un terreno de pertenencia de la acusada Gabriela Zapata, en el que según la Sala Penal, [su] persona hubiera construido un muro perimetral” (sic). Considera que las fundamentaciones vertidas en el recurso de apelación restringida “no fueron atendidas por la Sala Penal Segunda” (sic), bajo la siguiente explicación:

Expresa que su denuncia sobre errónea aplicación de la Ley sustantiva, en el entendido que al no converger en su persona las condiciones para considerársele funcionario público, mal podía condenársele por la comisión de un delito propio como es el caso del tipo penal contenido en el art. 26 de la Ley 004, no tuvo como margen de análisis el art. 5 de esa misma Ley, que delimita su ámbito de aplicación comprendiendo que “no todas las personas privadas, al no ser funcionarios públicos, pueden ser sancionadas o su ámbito de aplicación les alcanza, siempre y cuando la conducta del presunto infractor de la Ley Penal, no cause un daño económico al Estado, o éste no se haya beneficiado indebidamente de sus recursos” (sic). Señala que los elementos referidos a la afectación de la economía del Estado y el beneficio indebido de recursos de éste, no fueron acreditados de manera contundente