FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.

Fecha: 05-Jun-2009

El Oficio Señala Lo Siguiente

"Puerta de acceso principal. Se requiere instalar puerta de 2 metros de ancho libre y 2.10 altura mínima, tipo abatible en doble hoja.

"Salidas de emergencia. Instalar puertas de seguridad con barra de empuje abatible hacia el exterior de 1.00 metro de ancho mínimo en las salas de lactantes C y en patio de juegos.

"Plafones. Se deberán sustituir los plafones existentes en salas de usos múltiples a maternales con material no combustible, debido a que actualmente tienen instalado un plafón a base de lona plástica tipo carpa y es un material altamente combustible.

"Aislamientos. El techo del inmueble carece aparentemente de material aislante, por lo que se le solicita aislar y así proporcionar un clima confortable a los menores en la unidad.

"Equipos de acondicionamiento de aire. El inmueble cuenta con una máquina de aire acondicionado instalada sobre el muro de calle ********** y red de ductos, los cuales no están en operación; le solicito reparar o sustituir el equipo en virtud de que las condiciones de confort de la sala de usos múltiples no son aceptables.

"Patio de juegos. Se sugiere instalar malla sombra al 80% sobre la estructura de la techumbre del patio exterior, debido al clima caluroso de la región.

"Se requiere plano arquitectónico amueblado y debidamente acotado, indicando las áreas interiores en metros cuadrados.

"Solicito me envíe la actualización de dictamen aprobatorio del departamento de bomberos, ya que la que se cuenta en los archivos, concluyó la vigencia el 25 de julio de 2005."

A pesar del requerimiento antes mencionado, no existe en el expediente del Instituto Mexicano del Seguro Social constancia alguna de su cumplimiento, y en relación con este mismo aspecto, en el Informe de Supervisión de la Operación del Servicio de Guarderías de los días veinticinco y veintiséis de octubre de dos mil seis,(180) es decir, más de un año después, en el rubro "Infraestructura del inmueble, existencia de espacios y áreas establecidas", la coordinadora zonal asentó "se realizaron modificaciones al inmueble pero no se pudo revisar el plano actualizado. Mostrar en próxima visita."

De lo antes señalado se advierte que, a pesar de haber constancia de la falta de plano actualizado del inmueble de la guardería y de las importantes observaciones que se realizaron, en materia de seguridad de la bodega, hubo una falta de control y seguimiento efectivo.

A estas omisiones señaladas se suma también la relativa al control respecto de la capacitación del personal de la guardería, pues no obstante que en diversas visitas se hicieron notar deficiencias en este aspecto, no obra que se hayan dictado medidas con el objeto de remediarlas.

Efectivamente, en dos ocasiones se establecieron multas por el incumplimiento de aspectos relativos a deficiencias en el personal, ya fuera en el número o en su capacitación. Así, no obstante ser un problema persistente,(181) no se tomaron medidas definitivas, pues en términos de la cláusula trigésima cuarta del convenio de subrogación, el no contar con la plantilla de personal en los términos adecuados es una causal de rescisión.