FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.

Fecha: 05-Jun-2009

Jefe Delegacional De Prestaciones Económicas Y Sociales

Esta jefatura delegacional se encuentra jerárquicamente subordinada a la delegación estatal. Sus funciones son fundamentalmente de vigilancia a fin de que se cumpla con la normatividad emitida por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para la organización y funcionamiento de los programas y servicios en materia de prestaciones económicas, guarderías y prestaciones sociales.

Las obligaciones del titular, en relación a la materia de guarderías, están previstas en el Manual de Organización de la Jefatura Delegacional de Servicios de Prestaciones Económicas y Sociales; las Bases para la Subrogación de Servicios de Guardería del Esquema Vecinal Comunitario; el Manual de Procedimientos para la Apertura y Ampliación de Guarderías, la Guía de Requisitos para la Instalación y Apertura de Guarderías y las Directrices para la Supervisión y Asesoría en Guarderías, en los siguientes términos:

- Coordinar, vigilar e implementar acciones para que los servicios de guarderías se proporcionen de acuerdo a las leyes, los lineamientos jurídico-administrativos y las disposiciones gubernamentales e institucionales emitidas en la materia.(78)

- Vigilar que, entre otros, el servicio de guardería se otorgue con oportunidad, calidad, eficiencia y eficacia; y esté dirigido al mejoramiento del nivel de vida de la población.

- Sancionar y presentar para autorización al delegado los programas de trabajo de la operación del servicio de guarderías y vigilar su aplicación y cumplimiento.

- Supervisar que el personal subordinado cumpla con sus funciones y con las disposiciones legales que regulen el servicio público y las demás normas aplicables al IMSS.

- Coordinar acciones y participar con el área de construcción y conservación para la evaluación de los inmuebles destinados al servicio de guarderías.(79)

- Determinar la fecha de inicio de operación de las guarderías, con base a la verificación que realice el área de construcción y conservación respecto a la conclusión de la obra, trabajos de adecuación, remodelación, ampliación, equipamiento, etcétera.