FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.

Fecha: 05-Jun-2009

Recomendaciones Generales

"Se deberá tener una política de orden y limpieza en todas las áreas esto con el fin de evitar riesgos de propagación de incendio, principalmente en bodega (si las hay, o en un futuro piensan en hacerlas) ya que estas áreas son en las que se presentan los principales problemas de incendios y deficiencias eléctricas que pudieran provocar un siniestro.

"Se deberá tener las instalaciones eléctricas y especiales estén protegidas con tubería conduit y las lámparas, centros de carga, tomacorrientes, así como las extensiones provisionales deberán estar empotradas en el muro o piso donde deberán estar perfectamente protegidos y aislados.

"Se recomienda que el tanque estacionario de gas sea retirado y colocar uno que esté en condiciones de operar, es decir que su vida útil no sea mayor de 10 años.

"Se recomienda que el personal que operará la guardería cuente con la capacitación necesaria para responder rápidamente a una contingencia.

"Se estima que atendiendo las recomendaciones antes señaladas éstas contarán con el mínimo de seguridad requerido y estaremos en posibilidades de emitir un dictamen aprobatorio para su evento."

En seguimiento a la carta de recomendaciones antes transcrita, el veinticinco de julio de dos mil uno se realizó una visita de inspección, con motivo de la cual se levantó el acta de verificación siguiente: **********

Del acta anterior destaca que se clasificó a la guardería con grado de riesgo medio y que se evaluaron satisfactoriamente los siguientes aspectos: extintores en buen estado, sensores en buen estado, instalación de gas en buen estado, instalación eléctrica adecuada y señalizadores en buen estado. Consecuentemente, se aprobó la emisión del dictamen de seguridad de bomberos.

Por tal motivo, el veinticinco de julio de dos mil uno el entonces jefe de la Oficina de Prevención de Incendios y Seguridad Civil emitió a favor de **********, dictamen aprobatorio con una vigencia de un año a partir del trece de julio de dos mil uno.

2) A solicitud del representante legal de **********, el seis de junio de dos mil seis, se llevó a cabo una inspección para la renovación del dictamen de seguridad, con motivo de la cual se levantó el acta que enseguida se reproduce: **********

Con motivo de dicha verificación se clasificó el riesgo de la guardería como bajo y se encontró satisfactorio el estado de los extintores, controles, sensores, clima, instalación de gas, instalación eléctrica y señalizadores, por lo que se aprobó la emisión del dictamen de seguridad de bomberos.

Por tanto, el seis de junio de dos mil seis el entonces director de Bomberos de Hermosillo, Sonora, emitió a favor de ********** dictamen aprobatorio con una vigencia de un año.

3) A solicitud del representante legal de **********, el cuatro de octubre de dos mil siete se practicó una inspección para la revalidación del dictamen de seguridad, al tenor de la siguiente acta de verificación: **********

De conformidad con el acta, el grado de riesgo se calificó como bajo y no obstante que se estimó que los señalizadores no estaban en buen estado, se aprobó la emisión del dictamen de seguridad de bomberos.

No obstante dicha irregularidad, el cinco de octubre de dos mil siete, **********, en su carácter de director de la Unidad Municipal de Protección Civil, emitió el dictamen aprobatorio anual correspondiente.

4) A solicitud del representante legal de **********, el tres de noviembre de dos mil ocho se llevó a cabo una inspección para el dictamen de seguridad, según siguiente acta de verificación: **********

Esta fue la última visita de verificación que se realizó a **********. En ella se clasificó el grado de riesgo del inmueble como medio y se inspeccionaron los extintores, controles, sensores, clima, instalación de gas y señalizadores, concluyéndose que todo ello estaba en buen estado, por lo que se aprobó la renovación del dictamen de seguridad de bomberos.

Para efectos de dicho trámite, el representante legal de ********** exhibió copia del documento denominado "Acta de Constitución de la Unidad Interna de Protección Civil y Seguridad Escolar", de fecha diecisiete de septiembre de dos mil ocho, sin número de folio, en hoja membretada de la Secretaría de Educación y Cultura, aunque sin presentar sellos de ninguna clase, ni constancia de que dicha Constitución haya sido dictaminada y autorizada por la Unidad Estatal de Protección Civil, como correspondía por tratarse de un establecimiento de afluencia masiva, ni por la propia Unidad Municipal de Protección Civil, al tratarse de un establecimiento educativo.

Asimismo, se exhibió para el trámite respectivo una carta suscrita por **********, en nombre de la empresa denominada **********, en la que se hace constar que ********** realizó un simulacro de evacuación el dieciséis de junio de dos mil ocho, en un tiempo de dos minutos y treinta y cinco segundos, evacuando un total de ciento setenta y seis niños, treinta y cinco personas adultas y dos visitas, congregándose en los puntos de reunión previamente establecidos.

Con base en lo anterior, **********, emitió el oficio DBT/745/08, de cuatro de noviembre de dos mil ocho, que dice: