FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.

Fecha: 05-Jun-2009

Formular Los Principios Y La Política General De Protección Civil

- Como superior jerárquico del secretario de Gobierno, exigir que éste proponga, conduzca y evalúe las políticas, programas y acciones en materia de protección civil.(93)

- Asegurarse de que en la formulación de las políticas de protección civil, se incluyan criterios en función de la constante prevención/mitigación y de la variable riesgo/vulnerabilidad, así como la necesidad de privilegiar la prevención como el medio más eficaz para alcanzar los objetivos de la protección civil.(94)

Aunado a lo anterior, en materia de derechos de la infancia, el gobernador, en su calidad de titular del Poder Ejecutivo y de la administración pública estatal, tiene las siguientes obligaciones derivadas de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Sonora:

- Respetar y vigilar el derecho intrínseco a la vida de las niñas, niños y adolescentes, garantizando en la máxima medida posible su supervivencia y desarrollo.(95)

- Asegurar prioridad a la infancia en el ejercicio de sus derechos, cuidando que en cualquier circunstancia se les brinde protección y socorro con la premura necesaria.(96)

- Diseñar y ejecutar las políticas públicas necesarias para la protección, atención, prevención y defensa de sus derechos.(97)

- Establecer mecanismos para proporcionarles bienestar físico y mental que contribuya al ejercicio pleno de sus capacidades.(98)

Así, conforme al marco jurídico referido, el gobernador del Estado responde directamente por el funcionamiento del Sistema Estatal de Protección Civil y tiene a su cargo, principalmente, el diseño de políticas públicas en materia de protección civil. Asimismo, como titular de la administración pública local, es responsable de velar por el cumplimiento de las leyes que en materia de protección civil y protección de los derechos de la infancia corresponde a sus subordinados jerárquicos.