FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.

Fecha: 05-Jun-2009

Esta Conclusión Será Analizada En La Parte Conducente Del Considerando Quinto Del Presente Dictamen

5. Especificar qué autoridades administrativas del Instituto Mexicano del Seguro Social celebraron dicho convenio y su competencia, así como el procedimiento que se observó para su otorgamiento (cumplimiento con la normatividad relativa al funcionamiento como guardería).

Adicionalmente a los elementos de juicio mencionados en el punto anterior, la Comisión Investigadora recabó lo siguiente:

• Informe del Instituto Mexicano del Seguro Social sobre el origen, procedimiento para su otorgamiento, formalización, contenido y cumplimiento del convenio de subrogación celebrado con los particulares que prestaban el servicio en ********** (anexo 3.1).

• Comparecencia del ex delegado estatal del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de Sonora (fojas 539 a 546, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Comparecencia de las siguientes autoridades de la Delegación Sur del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de Sonora: encargado del despacho, jefe de asuntos jurídicos, encargada del despacho del Departamento de Guarderías, encargado del despacho de la Jefatura de Prestaciones Económicas y Sociales, jefe de Servicios de Finanzas y jefe de la Oficina de Finanzas zona Hermosillo (fojas 86 a 95, tomo II del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

En relación con este punto, la Comisión Investigadora analizó detalladamente el expediente de ********** en el que constan los datos relativos a las autoridades administrativas del instituto que celebraron el convenio y su competencia, así como el procedimiento que se observó para su otorgamiento, concluyendo que, de acuerdo con la normatividad del instituto, cuando en dos mil tres se autorizó el aumento en la capacidad instalada a la guardería, los jefes de los departamentos delegacionales de guarderías, de construcción y conservación, conjuntamente, debieron emitir la certificación técnica del inmueble, sin que en el expediente de ********** exista prueba de que las autoridades indicadas le hubieran expedido tal certificación (conclusión sexta del informe preliminar).

A este respecto, en la parte conducente del considerando sexto de este dictamen, se determinará si con motivo del otorgamiento de los diversos contratos de subrogación a ********** las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social incumplieron deberes legales.

6. Investigar si las autoridades competentes realizaban visitas de inspección y con qué periodicidad, para verificar las condiciones del funcionamiento de ********** y, en caso de hacer observaciones, si se vigilaba el cumplimiento de las mismas.

En el ámbito de las visitas de inspección a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social, además de la copia certificada del expediente de **********, la Comisión Investigadora recabó:

• Dos testimonios de ex directoras de ********** (fojas 223 a 234 y 1056 a 1062, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Doce testimonios de maestras de ********** (fojas 96 a 229, tomo II y fojas 508 a 533, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Testimonio de la directora de ********** (fojas 292 a 300, tomo VI del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

Por cuanto hace a las visitas de inspección en materia de protección civil en los ámbitos estatal y municipal, obran en autos las siguientes pruebas:

• Informe del director de la Unidad Estatal de Protección Civil (fojas 435-436, tomo II del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Informe de la Unidad Municipal de Protección Civil en relación con las visitas de inspección practicadas a ********** e inmuebles aledaños (fojas 438 a 441, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Copia certificada de diversos documentos relacionados con ********** remitidos por la Secretaría de Educación y Cultura del Estado de Sonora (fojas 130 a 449, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Testimonio del ex titular de la Unidad Estatal de Protección Civil del Estado de Sonora (fojas 277 a 283, tomo VI del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Testimonio del ex director de la Unidad de Protección Civil Municipal, en Hermosillo, Sonora (fojas 11 a 14, tomo II del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Documentación entregada por el ex director de la Unidad de Protección Civil, en Hermosillo, Sonora (anexo 2).

• Dos testimonios de los encargados de las Unidades de Protección Civil del Municipio de Hermosillo y del Estado de Sonora (fojas 437 a 485, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Comparecencia del ex gobernador del Estado de Sonora y el procurador general de Justicia del Estado de Sonora (fojas 163 a 268, tomo I del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Comparecencia del ex presidente municipal de Hermosillo, Sonora (fojas 1 a 10, tomo II del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

En este punto, la Comisión Investigadora concluyó que la Unidad Estatal de Protección Civil omitió verificar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la constitución de unidades internas y aprobación de programas internos tanto en **********, como en la bodega contigua a ésta, la cual por ser un centro laboral debía acatar la norma oficial mexicana en materia de prevención de incendios en los centros de trabajo.

Asimismo, se señala que la Unidad Municipal de Protección Civil omitió verificar que las instalaciones de **********, al estar destinadas a actividades educativas, tuvieran unidad y programa interno de protección civil (conclusión sexta del informe preliminar).

A este respecto, en el presente dictamen se analizan las omisiones en que incurrieron las distintas autoridades con motivo de la inspección y vigilancia de que debieron ser objeto tanto ********** como la bodega contigua a ésta.

7. Esclarecer la intervención de las autoridades del Municipio de Hermosillo y del Estado de Sonora, en relación con el otorgamiento del permiso de uso de suelo y licencia de funcionamiento como guardería, así como los demás otorgados respecto del mismo inmueble y de los inmuebles aledaños.

Para dar cumplimiento a este punto la Comisión Investigadora se allegó de los siguientes elementos probatorios:

• Informe de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Municipio de Hermosillo, Sonora, en relación con las licencias de funcionamiento y de uso de suelo concedidas a ********** e inmuebles aledaños (fojas 533-539, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Acta de inspección para determinar la distancia que existe entre la estación de servicio de ********** ********** y el inmueble de ********** (foja 15, tomo VII del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Documentación remitida por **********-refinación en relación con la gasolinera aledaña a ********** (anexo 39).

• Informe del Gobierno del Estado relativo al arrendamiento de la bodega contigua a ********** e informe sobre los trabajadores que el cinco de junio de dos mil nueve se encontraban trabajando en la misma (fojas 71 a 129, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

Si bien es cierto que respecto a este punto la Comisión Investigadora no formuló una conclusión específica, también lo es que el informe preliminar contiene suficiente información sustentada en el material probatorio recabado, con base en la cual, en este dictamen, se analizan los deberes legales incumplidos con motivo de la regulación municipal en materia de licencias de funcionamiento.

8. Analizar si con la conducta de acción y omisión de los funcionarios encargados del buen funcionamiento de la guardería, las consecuencias del accidente de cinco de junio de dos mil nueve, en **********, pudieron evitarse y, con ello, se hubiera podido salvaguardar la vida e integridad de los menores que se encontraban en la misma.

Para cumplir con este objetivo, la Comisión Investigadora indagó sobre las causas del incendio y las circunstancias en torno al rescate, a fin de determinar si las consecuencias hubieran sido distintas de haber actuado las autoridades en sentido diverso, para lo cual recopiló las siguientes pruebas:

• Peritaje técnico del accidente ocurrido en **********, rendido el veintiocho de enero de dos mil diez, por **********, expertos en incendios de San Diego, California, Estados Unidos de América. Versiones en inglés y español, así como un disco compacto (anexo 36).

• Opinión Técnica de las Condiciones de Protección Civil que tenía la guardería infantil subrogada del Instituto Mexicano del Seguro Social, elaborado por la Dirección General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación (fojas 242 a 254, tomo II del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Copia certificada de la averiguación previa ********** integrada por la Agencia investigadora del Ministerio Público del Fuero Común del Sector Uno en Hermosillo, Sonora (anexo 11).

• Copia certificada de la averiguación previa ********** integrada por el Ministerio Público de la Federación (anexo 12).

• Copia certificada de las causas penales **********,********** y ********** remitidas por el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora en tres cajas (anexo 7).

• Copia certificada de actuaciones realizadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el expediente ********** que concluyó con la recomendación **********, en once cajas (anexo 9).

• Copia certificada de la causa penal ********** remitida por el Juez Octavo de Primera Instancia de lo Penal del Distrito Judicial de Hermosillo, Sonora en ocho cajas (anexo 15).

• Cincuenta y siete testimonios de los padres y familiares de los menores afectados por el accidente ocurrido en ********** (fojas 313 a 435, tomo I; fojas 96 a 229, tomo II; fojas 135 a 284, tomo III; y fojas 4-6, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Testimonio de los abogados que representan a los padres de los menores afectados (fojas 435 a 444, tomo I del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Doce testimonios de maestras de ********** que laboraron el cinco de junio de dos mil nueve (fojas 96 a 229, tomo II y fojas 508 a 533, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Testimonio de la directora de ********** (fojas 292 a 300, tomo VI del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Diez testimonios de ciudadanos voluntarios que participaron en labores de auxilio el día del accidente en ********** (fojas 96 a 229, tomo II; fojas 370 a 435, tomo III y 534 a 537, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Tres testimonios de los empleados de la gasolinera aledaña a ********** (fojas 96 a 229, tomo II y fojas 370 a 435 y 534 a 537, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Testimonio del esposo de la directora de ********** (fojas 135 a 284, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Cuarenta y dos testimonios de los policías municipales de Hermosillo, Sonora, que participaron en las labores de auxilio (fojas 24 a 63 y 135 a 284, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Treinta y cinco testimonios de los policías estatales de Sonora que participaron en las labores de auxilio (fojas 508 a 533, tomo III; y fojas 483 a 495, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Veintitrés testimonios de los policías estatales Investigadores que participaron en las labores de auxilio (fojas 483 a 495, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Setenta y tres testimonios de los bomberos de la ciudad de Hermosillo, Sonora, que participaron en las labores de auxilio (fojas 96 a 229 tomo II; fojas 24 a 65 y 135 a 284, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Treinta y seis testimonios del personal de la Cruz Roja Mexicana, en Hermosillo, Sonora (fojas 1 a 21, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Siete testimonios de los trabajadores que laboraron el cinco de junio de dos mil nueve en la bodega contigua a ********** (fojas 370 a 436, tomo III y fojas 496 a 499, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Seis testimonios de las esposas de los trabajadores que laboraron el cinco de junio de dos mil nueve en la bodega contigua a ********** (fojas 370 a 436, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Dos testimonios de personas que impartieron cursos de protección civil en ********** (fojas 182 a 190, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Informe de hechos del gobernador del Estado de Sonora (fojas 289 a 297, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Informe de acciones realizadas en atención a la emergencia en ********** derivada por incendio en **********, remitido por el Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora (fojas 276 a 281, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Partes policiacos del día del accidente que remite la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Municipio de Hermosillo, Sonora (fojas 502 a 504, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Cronología de llamadas telefónicas que remite la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Municipio de Hermosillo, Sonora (fojas 505 a 508, tomo IV del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Informe de la ********** sobre el proceso operativo de atención prehospitalaria del cinco de junio de dos mil nueve (fojas 102 a 110, tomo III del expediente 1/2009-00 de la Comisión Investigadora).

• Censo de niños fallecidos, hospitalizados y expuestos a inhalación de gases tóxicos elaborado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (anexo 22, carpeta F).

• Certificación del contenido del Sistema de Información y Administración de Guarderías (SIAG) del Instituto Mexicano del Seguro Social correspondiente a ********** del primero de junio de dos mil ocho al cinco de junio de dos mil nueve (anexo 17).