SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2006-R

Fecha: 01-Feb-2006

Fragmento 10

La misma autoridad judicial pronunció la Sentencia de 28 de julio de 1995, dicho fallo constituye en su parte considerativa y resolutiva violatoria del debido proceso puesto que: a) no cumplió con su obligación de exigir que el actor cumpla con lo señalado por el art. 117 del CPT (requisitos de la demanda) admitiendo una demanda sin cuantía, omisión que causa un grave daño económico al Estado pues el TGN debe asumir los pasivos del LAB S.A.; b) en la parte resolutiva de la Sentencia se limitó a declarar probada la demanda y omitió pronunciarse sobre la demanda complementaria donde justamente se encuentra la mágica suma de Bs56.568.024.-; c) en el primer considerando de la Sentencia no se reconoce la jerarquía normativa establecida por el art. 228 de la CPE, considerando que el derecho al trabajo se encuentra al margen de la misma, en esa lógica no obstante estar en vigencia los Decretos Supremos (DS) 21060 y 21137 resultó que el Reglamento interno del LAB constituía el vértice de la jerarquía, por lo tanto de preferente aplicación, no obstante que el no es más que un conjunto de reglas internas establecidas por empleadores y trabajadores, norma que en todo caso debe estar de acuerdo con las leyes, decretos y demás disposiciones vigentes en materia laboral.