SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2006-R

Fecha: 01-Feb-2006

Fragmento 18

El recurrente y apoderado a través de su abogado reiteró los fundamentos del recurso, y ampliándolos manifestó lo siguiente: a) en ejecución de sentencia, mediante el Auto de 15 de enero de 2004, que resolvió la apelación contra el Auto de 1 de junio de 2002, no se tomó en cuenta que el Auto de 7 de marzo de 1996, complementando el Auto de Vista de 4 de marzo de 1966, aclaró que el monto a pagarse de los beneficiarios debería establecerse en ejecución de sentencia, mediante liquidaciones individuales, lo que da un total de Bs15.043.655,63.- que ya fue pagado, pues lo que se demandó es la aplicación de una escala salarial distinta a la prevista por los DDSS 21060 y 21137, habiéndose luego señalado la suma de Bs56.568.024.- sin respaldo alguno, por tanto, al disponer que se divida esa última cantidad entre todos los trabajadores del LAB S.A. se lesionó la cosa juzgada, la seguridad jurídica y el debido proceso; y b) mediante el Auto de Vista de 29 de noviembre de 2003 también se lesionó el derecho a la seguridad jurídica, ya que se desconoció el DS 24036, de 22 de junio de 1995, al imponer medidas precautorias contra el LAB S.A. estando prohibidas por dicha norma.