SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2006-R

Fecha: 01-Feb-2006

Fragmento 48

 De la revisión de los actos del proceso laboral del cual emerge el presente recurso, se tiene que una vez que el representante del LAB S.A. tomó conocimiento del Auto Supremo 113, solicitó complementación y enmienda, la cual fue respondida por Auto Supremo de 29 de mayo de 1998, con que fue notificado la representante del LAB S.A. el 30 de mayo de 1998, fecha desde la cual debe contabilizarse el plazo de seis meses para la presentación del recurso de amparo contra los actos y omisiones cometidos en la tramitación de la causa por las autoridades judiciales que conocieron el proceso social interpuesto por José Rubén Gutiérrez Hinojosa por sí y en representación de otras personas contra el LAB S.A. por reposición de bono de antigüedad; empero, el presente recurso fue presentado el 16 de marzo de 2005, vale decir después de casi siete años, cuando el término razonable de seis meses establecido por la jurisprudencia constitucional ha vencido superabundantemente, incumpliendo de esa manera con el principio de inmediatez que requiere el recurso de amparo constitucional para tutelar los derechos de las personas; por tanto, el presente recurso debe ser declarado improcedente por inmediatez en lo relativo a todos los actos y omisiones cometidos por las autoridades recurridas en la tramitación del proceso que dio lugar al presente recurso, porque debieron ser reclamados en el plazo de seis meses desde la conclusión del proceso con la emisión del Auto Supremo 113 y su Auto Complementario.