DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2014

Fecha: 08-Dic-2014

1)  Sobre el “abandono de funciones” como causa para la pérdida del mandato.

El relación específicamente a los concejales, tomando como referente normativo el art. 157 de la CPE, que señala que los asambleístas plurinacionales pierden el mandato por abandono injustificado de funciones por más de seis días de trabajo continuos y once discontinuos en el año, se entiende la compatibilidad del precepto analizado siempre que la ley vigente a la que se remite (entendemos que una del nivel municipal) tome como límites los señalados en el artículo precitado. Siguiendo la misma lógica, similar entendimiento aplica para el alcalde, con la salvedad que en este caso aplica por analogía lo preceptuado en los arts. 169.I y 170 de la CPE, es decir, que la ausencia sea definitiva.