DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2014
Fecha: 08-Dic-2014
PREÁMBULO
De tiempos inmemorables el ahora valle de Tarija fue cuna de varios asentamientos humanos como lo fueron los Churumatas, Tomatas, Suris, Quechuas, Aymaras, Tiahuanacotas, entre otros; los mismos dejaron algunos vestigios de su presencia, grabados en piedra, como en las regiones de Cabildo, Orozas, Saire, ruinas precolombinas como en Fuerte Viejo, Huacanqui, Sola, Hornuyo, el camino del Inca, entre otros que son testimonio de su presencia, utensilios de cerámica; mientras que en tierras bajas, sobre las riberas de los ríos Bermejo y Tarija estaban los Chiriguanos, Guaraníes, Tobas, Mollos Mollos, pueblos migrantes, recolectores, cazadores y pescadores, que han dejado huella de su presencia diezmada, con el legado de los nombres de ciertas regiones paradisiacas como, Emborozu, Saire, Alarachi, entre otros.
El avance de los colonizadores fue primero al Gran Chaco, cambiando de rumbo dirigiéndose hacia el suroeste. Estos nuevos pasos de la conquista contenían varios propósitos como la ampliación del territorio conquistado, aprovechamiento de las riquezas naturales, usos de los recursos humanos y paralelamente la catequización de los nativos.
La colonización del suroeste de la Villa de Tarija resultó relativamente fácil, ésta se produjo por doble partida, o sea los colonos y colonizadores que llegaron, pasando por Salinas hasta el río Bermejo, y los que partieron de Tarija, estableciendo a su paso pequeñas aldeas, como puntos estratégicos para garantizar su avance. Entre las aldeas establecidas podemos citar a la de Concepción, Padcaya, entre otros. Siguiendo la ruta al sur hasta el primer encuentro con los Chiriguanos y Mataguayos de la región próxima a Bermejo, continuaron hasta establecerse y fundar la misión en la zona de Tariquía, entre otras.
En fecha 8 de noviembre de 1894 se crea la provincia Arce (antes segunda sección de Concepción), con los cantones de Padcaya, Chaguaya, Bermejo, Camacho, junto a ellos, también se crean los vice cantones de Rosillas, Tariquía, Tacuara, Cañas, Mecoya, Rejará, La Merced, Toldos, San Francisco y Orozas. Posteriormente, 20 años después (el 20 de noviembre de 1914), los vice cantones de Rosillas, Tariquía, Tacuara, Cañas, Mecoya, Rejará, La Merced, Toldos, San Francisco, y Orozas son elevados a rango de cantones.
La jurisdicción territorial del Municipio de Padcaya políticamente tenía hasta el año 2000, 12 cantones con reconocimiento legal, 81 comunidades rurales y las Juntas vecinales de la capital, Padcaya. Con la vigencia de la Ley 1551 de Participación Popular, se procede a la distritación del Municipio, constituyéndose en13 unidades territoriales, distritos, que adquieren carácter legal a través de la Ordenanza Municipal Nº 18/2000.
Con la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado, se profundiza los regímenes autonómicos en el Estado Plurinacional de Bolivia, permitiendo que los Municipios ejerciten sus competencias constitucionales; por lo que se establece que el Órgano Legislativo Municipal, encare el desafío de elaborar su Carta Orgánica Municipal con la participación de su población de composición diversa, en ejercicio pleno de la libertad, la democracia, la participación y los derechos existentes, y en apego a lo establecido por la Constitución Política del Estado y demás normativa vigente, bajo los principios de unidad, igualdad, dignidad, libertad, solidaridad, justicia social, transparencia, autogobierno, voluntariedad, complementariedad, subsidiariedad, progresividad, y bien común; promulgamos la presente Carta Orgánica Municipal que regulará la organización, funcionamiento, marco competencial y el relacionamiento de la población con su Gobierno Autónomo Municipal de Padcaya”.
De tiempos inmemorables el ahora valle de Tarija fue cuna de varios asentamientos humanos como lo fueron los Churumatas, Tomatas, Suris, Quechuas, Aymaras, Tiahuanacotas, entre otros; los mismos dejaron algunos vestigios de su presencia, grabados en piedra, como en las regiones de Cabildo, Orozas, Saire, ruinas precolombinas como en Fuerte Viejo, Huacanqui, Sola, Hornuyo, el camino del Inca, entre otros que son testimonio de su presencia, utensilios de cerámica; mientras que en tierras bajas, sobre las riberas de los ríos Bermejo y Tarija estaban los Chiriguanos, Guaraníes, Tobas, Mollos Mollos, pueblos migrantes, recolectores, cazadores y pescadores, que han dejado huella de su presencia diezmada, con el legado de los nombres de ciertas regiones paradisiacas como, Emborozu, Saire, Alarachi, entre otros.
El avance de los colonizadores fue primero al Gran Chaco, cambiando de rumbo dirigiéndose hacia el suroeste. Estos nuevos pasos de la conquista contenían varios propósitos como la ampliación del territorio conquistado, aprovechamiento de las riquezas naturales, usos de los recursos humanos y paralelamente la catequización de los nativos.
La colonización del suroeste de la Villa de Tarija resultó relativamente fácil, ésta se produjo por doble partida, o sea los colonos y colonizadores que llegaron, pasando por Salinas hasta el río Bermejo, y los que partieron de Tarija, estableciendo a su paso pequeñas aldeas, como puntos estratégicos para garantizar su avance. Entre las aldeas establecidas podemos citar a la de Concepción, Padcaya, entre otros. Siguiendo la ruta al sur hasta el primer encuentro con los Chiriguanos y Mataguayos de la región próxima a Bermejo, continuaron hasta establecerse y fundar la misión en la zona de Tariquía, entre otras.
En fecha 8 de noviembre de 1894 se crea la provincia Arce (antes segunda sección de Concepción), con los cantones de Padcaya, Chaguaya, Bermejo, Camacho, junto a ellos, también se crean los vice cantones de Rosillas, Tariquía, Tacuara, Cañas, Mecoya, Rejará, La Merced, Toldos, San Francisco y Orozas. Posteriormente, 20 años después (el 20 de noviembre de 1914), los vice cantones de Rosillas, Tariquía, Tacuara, Cañas, Mecoya, Rejará, La Merced, Toldos, San Francisco, y Orozas son elevados a rango de cantones.
La jurisdicción territorial del Municipio de Padcaya políticamente tenía hasta el año 2000, 12 cantones con reconocimiento legal, 81 comunidades rurales y las Juntas vecinales de la capital, Padcaya. Con la vigencia de la Ley 1551 de Participación Popular, se procede a la distritación del Municipio, constituyéndose en13 unidades territoriales, distritos, que adquieren carácter legal a través de la Ordenanza Municipal Nº 18/2000.
Con la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado, se profundiza los regímenes autonómicos en el Estado Plurinacional de Bolivia, permitiendo que los Municipios ejerciten sus competencias constitucionales; por lo que se establece que el Órgano Legislativo Municipal, encare el desafío de elaborar su Carta Orgánica Municipal con la participación de su población de composición diversa, en ejercicio pleno de la libertad, la democracia, la participación y los derechos existentes, y en apego a lo establecido por la Constitución Política del Estado y demás normativa vigente, bajo los principios de unidad, igualdad, dignidad, libertad, solidaridad, justicia social, transparencia, autogobierno, voluntariedad, complementariedad, subsidiariedad, progresividad, y bien común; promulgamos la presente Carta Orgánica Municipal que regulará la organización, funcionamiento, marco competencial y el relacionamiento de la población con su Gobierno Autónomo Municipal de Padcaya.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1. Contenido de la consulta
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.1. Autonomía y gobierno a nivel municipal
- III.1.1. Antecedentes históricos del municipio en el país
- a)
- b)
- 1)
- III.1.2. Autonomía y gobierno municipal en el marco de la estructura territorial del Estado Plurinacional boliviano
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- III.1.3. Sistema y organización del gobierno autónomo a nivel municipal
- III.2.1. El reconocimiento directo de la autonomía municipal
- III.2.2. La naturaleza jurídica de las cartas autonómicas
- III.2.3 El control previo de constitucionalidad de los proyectos de normas institucionales básicas de las ETA
- ·
- IV. CONTRASTACIÓN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO CON LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES
- PREÁMBULO
- Control previo de constitucionalidad
- Artículo 4.
- Sobre el numeral 3
- Sobre el numeral 4
- 1) Sobre el “abandono de funciones” como causa para la pérdida del mandato.
- 2) Sobre la “sentencia ejecutoriada” como causa para la pérdida del mandato.
- Consideraciones comunes
- a) Principios ordenadores de la estructura o sistema normativo
- 2)
- b) Posibles escenarios de conflictividad inter-normativa y su resolución a partir de los principios de jerarquía y competencia
- Sobre sobre los numerales 3 y 4
- Artículo 20. (Reserva de Ley)
- Sobre el inciso d)
- 3.
- Sobre el inciso 1)
- Sobre el inciso 3)
- Sobre el inciso 7)
- Sobre el inciso 9)
- Sobre el inciso 11)
- Sobre el inciso 12)
- Sobre el inciso 13)
- Sobre el inciso 17)
- Sobre el inciso 20)
- Sobre los incisos 9) y 22) en relación al art. 36.II del proyecto de COM
- Sobre el inciso 32)
- Sobre el inciso 33)
- Artículo 43. (Servidoras y Servidores Públicos)
- Sobre el parágrafo II
- o
- Sobre el parágrafo I
- Consideraciones comunes para el análisis del capítulo
- 1. A las Políticas Públicas
- Sobre el parágrafo III
- Artículo 56. (Iniciativa Legislativa ciudadana)
- Artículo 57. (Asamblea Del Municipio)
- Artículo 58. (Audiencias Públicas)
- Sobre los arts. 54, 55, 57, 58, 59
- Sobre el art. 56
- Artículo 64. (Salud)
- 4)
- j)
- Enunciado introductorio
- Sobre el inciso 4)
- Sobre el parágrafo I inc. 4)
- Sobre el enunciado
- Sobre el parágrafo I inc. 5)
- v)
- Sobre el numeral 1
- Sobre el numeral 5
- Sobre el numeral 7
- Complementariedad.
- Sobre el parágrafo I numerales 1 y 2
- Sobre el enunciado introductorio
- Sobre el parágrafo V
- Artículo 94. (Competencias compartidas con el nivel central)
- Artículo 95. (Competencias concurrentes con el nivel central)
- Sobre el parágrafo IV
- Consideraciones generales
- Artículo 121. (Auditoría interna)
- Artículo 135. (Previsiones en cuanto a la conformación de regiones)
- Sobre la Disposición Final Primera
- Sobre la Disposición Final Segunda
- 4° DISPONER
- 5° EXHORTAR
- Artículo 2. (Visión)
- Artículo 3. (Identidad)
- Artículo 4. (Ubicación de la Jurisdicción Territorial)
- Artículo 7. (Valores)
- Artículo 21. (Gaceta Municipal)
- 2) Directiva del Concejo Municipal
- 3) Comisiones del Concejo Municipal
- 2) Facultad Deliberante
- 3) Facultad Fiscalizadora
- 5)
- 6)
- I. Facultad Ejecutiva
- Artículo 40. (Presupuesto de las Subalcaldiás)
- Artículo 44. (Equilibrio y Equidad Social en Composición de Cargos)
- Artículo 45. (Responsabilidad por el ejercicio de la función pública).
- Artículo 61. (Guardia Municipal)
- Artículo 62. (Empresas Municipales)
- Artículo 63. (Regulación de servicios públicos municipales)
- VII.
- IX.
- VI.
- Artículo 79. (Infraestructura Municipal)
- 8.
- 15)
- Artículo 93. (Músculo institucional)
- Artículo 107. (Mecanismos de contrataciones de bienes, servicios en el marco de la normativa nacional)
- Artículo 112. (Administración tributaria recaudación y administración directa de tributos municipales)
- Artículo 116. (Planificación y presupuesto participativo)
- Artículo 118. (Planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional)
- Artículo 122. (Seguimiento y monitoreo de la ejecución de recursos)
- Artículo 127. (Programa Operativo Anual)
- Artículo 129. (Plan de Ordenamiento Territorial)
- Artículo 134. (Mancomunidad de Municipios Regulación del proceso de mancomunización)
- Artículo 135.