DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 132.            (De la Participación y Control Social).

Artículo 132.            (De la Participación y Control Social). En el marco en los Artículos  241 y 242 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, la Ley de Participación y Control Social y la presente Carta Orgánica garantiza la participación y control social, para el ejercicio del derecho ciudadano. La Ley Municipal establecerá los mecanismos necesarios para el ejercicio de la participación y control social.